JUVENTUD Y OCASO DEL INFAME SR. MC HUSH.
Juventud:
A FS 001 el Sr. Mc Hush informa sobre extraños sucesos paranormales registrados en su domicilio.
Se procede a las verificaciones de rutina que arrojan como resultado la ausencia de manifestaciones de tipo extrasensoriales en el lugar.
A fs. 003 el demandante firma, de su puño y letra y de total conformidad Declaración Jurada de Bienes donde consta que de los sucesos recientes no deriva daño material alguno.
A Fs 004 se procede al cierre de la causa habiendo la autoridad competente determinado la falsedad de la denuncia. Se intima al denunciante Mc Hush a fin de que en lo sucesivo se abstenga de alterar el orden social bajo pena de exilio.
Todo bajo firma y sello de Sus Señorías.
Ocaso:
Fs 005 a 2.856 (Tomo III, Libro XXI, Acta 2.356, Cuarto Equinoccio del año de la Nueva Era de los Pueblos)
Condénase al Sr. Mc Hush a la pena de lapidación social por el lapso que dure la falta envido, en función de hallarlo culpable de los cargos de Complicidad Civil con el Régimen Paranormal pasado, ocultamiento de manifestaciones extrasensoriales, enriquecimiento ilícito, banalidad, frivolidad falta de amor social y conspiración contra el Nuevo Regimen de Los Pueblos en complicidad con la Sociedad Patronal de Poltergeist y Espectros de la Vieja Era.
Todo bajo firma y sello de Sus Nuevas Señorías.
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